OTRAS SEÑALES

  • Las señales de los Agentes son, tanto para todos los vehículos, como para los peatones. No seria la primera vez que un Agente regulando el tráfico en un paso escolar y estando en posición de Alto a los que vienen por la espalda y dando paso a los vehículos que se lo encuentran de perfil, algún niño y a veces no tan niños, han cruzado la calle por la espalda del Agente, con peligro de atropello, desobedeciendo la señal del Agente; mucho ojo, que puede acarrear algún susto el desobedecer las señales de los Agentes.

    Las señales y ordenes de los Agentes pueden ser, bien acústicas (silbato) u ópticas (mediante los brazos). Los agentes que estén regulando la circulación, lo harán de forma que sean fácilmente reconocibles como tales a distancia, tanto de día como de noche, y sus señales, que han de ser visibles, y sus órdenes deben ser inmediatamente obedecidas por los usuarios de la vía. Tanto los agentes de la circulación, la Policía Militar y el personal de obras, que regulen la circulación, como, en su caso, las patrullas escolares, entre la puesta y la salida del sol y bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán utilizar dispositivos o elementos retroreflectantes que permitan a los conductores y demás usuarios de la vía que se aproximen distinguirlos a una distancia mínima de 150 metros.

    • ACUSTICAS ( silbato ).-
  • ALTO: Varios toques de silbato, cortos y frecuentes.

    VIA LIBRE O REANUDACION DE LA MARCHA: Un toque de silbato prolongado.

    IMPORTANTE

  • En ausencia de agentes de la circulación o para auxiliar a éstos, y en las circunstancias y condiciones reglamentariamente establecidas, la Policía Militar y el personal de obras en la vía podrán regular la circulación mediante el empleo de las señales verticales correspondientes incorporadas a una paleta y, por este mismo medio, las patrullas escolares invitar a los usuarios de la vía a que detengan su marcha.

    • OPTICAS ( con los brazos ).-

     

    Brazo levantado verticalmente

    Brazo levantado verticalmente: Obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen de frente al Agente, salvo a los conductores que no puedan hacerlo en condiciones de seguridad. La detención debe efectuarse ante la línea de detención más cercana o, en su defecto, inmediatamente antes del agente.

    En una intersección, la detención debe efectuarse antes de entrar en la misma; los usuarios que ya estén dentro deberán despejarla, si les es posible, cediendo el paso sin perturbar la circulación de los demás. Con posterioridad a esta señal, el agente podrá indicar, en su caso, el lugar donde debe efectuarse la detención.

    Brazo o brazos extendidos horizontalmente

    Brazo o brazos extendidos horizontalmente: Obliga a detenerse, en las mismas condiciones señaladas en el apartado anterior, a los usuarios de la vía que se acerquen al agente desde cualquier dirección que corte a la indicada por el brazo o los brazos extendidos, y permanece en vigor, aunque el agente baje el brazo o los brazos, siempre que no cambie de posición o efectúe otra señal.

    Balanceo de una luz roja

    Balanceo de una luz roja: Obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacia los que el agente dirija la luz.

     

    Brazo extendido moviéndose alternativamente de arriba a abajo

    Brazo extendido moviéndose alternativamente de arriba a abajo: Obliga a disminuir la velocidad de su vehículo a los conductores que se acerquen al agente por el lado correspondiente al brazo que ejecuta la señal y perpendicularmente a dicho brazo.

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