Las Viviendas Tuteladas son viviendas configuradas
como hogares funcionales de dimensiones reducidas, adecuadas al
número y características de los usuarios e insertadas en el entorno
comunitario, en las que conviven, de forma estable en el tiempo, un
grupo homogéneo de personas con discapacidad física o intelectual,
con necesidades de apoyo intermitente o limitado, en régimen de
funcionamiento parcialmente autogestionado.
Usuarios
Podrán ser usuarios de las Viviendas Tuteladas las
personas con discapacidad física o intelectual, mayores de 18 años,
necesitadas de protección y de alojamiento social alternativo a las
residencias, que tengan reconocido en el certificado de minusvalía
un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
Ubicación
Las Viviendas Tuteladas estarán situadas en suelo
urbano y de fácil acceso a equipamientos y servicios comunitarios,
bien comunicadas y con adecuada red de transportes públicos.
Capacidad
La capacidad asistencial de las Viviendas
Tuteladas no podrá ser inferior a cuatro plazas ni superior a
siete plazas, salvo lo que se dispone en el apartado siguiente.
La capacidad asistencial de las Viviendas
Tuteladas asistidas para personas con discapacidad intelectual o
para personas con enfermedad mental crónica no podrá ser
inferior a seis plazas ni superior a siete plazas.
El número de plazas se determinará de acuerdo
con las condiciones, características y superficie de la
Vivienda.
Servicios
En todas las Viviendas Tuteladas deberán prestarse
los siguientes servicios, que tendrán el carácter de básicos:
Asistencia, apoyo o supervisión.
Alojamiento y manutención.
Actividades de convivencia, cooperación y
autoayuda.
Colaboración para la búsqueda de otros
recursos específicos.
Actividades de integración en el entorno
comunitario.
Modalidades
Viviendas Tuteladas para personas con
discapacidad física.
Viviendas con apoyo.
Viviendas supervisadas para la promoción
de la autonomía y el fomento del aprendizaje en las
actividades de la vida diaria.
Viviendas Tuteladas para personas con
discapacidad intelectual.
Viviendas asistidas.
Viviendas supervisadas.
Viviendas supervisadas para la promoción
de la autonomía y el fomento del aprendizaje en las
actividades de la vida diaria.