Ley de Drogodependencias de la Comunidad Valenciana

Las actuaciones que en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos se desarrollen en la Comunidad Valenciana, responderán a los siguientes principios rectores:

a)     La responsabilidad pública y la coordinación institucional de actuaciones, basada en los principios de descentralización, responsabilidad y autonomía en la gestión de los programas y servicios, así como, la participación activa de la comunidad y de los propios afectados/as en el diseño de las políticas de actuación.

b)     La promoción activa de hábitos de vida saludables y de una cultura de salud que incluya el rechazo del consumo de drogas, así como, la solidaridad y la tolerancia, apoyo y asistencia con las personas con problemas de drogodependencias.

c)      La consideración a todos los efectos, de las drogodependencias y otros trastornos adictivos como enfermedades comunes con repercusiones en las esferas biológica, psicológica y social del individuo.

d)     La consideración prioritaria de las políticas y las actuaciones preventivas en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos.

e)     El establecimiento de criterios de eficacia, eficiencia y evaluación continua de resultados de las actuaciones y programas que se desarrollen en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos.

f)        La integración normalizada de actuaciones en materia de  drogodependencias en los Sistemas Educativos, Sanitario y de Servicios sociales de la Comunidad Valenciana.

g)     La consideración de la prevención, asistencia e integración de las personas drogodependientes como un proceso unitario y continuado, mediante la coordinación de diferentes actuaciones sectoriales.

Las drogodependencias tienen una consideración de área de intervención prioritaria en el Plan de Ordenación de los Servicios Sociales de la Comunidad Valenciana [Ley de la Generalitat Valenciana 5/1989 de 6 de julio] y son objeto de regulación en el marco del Plan de Salud Mental para la comunidad Valenciana [Decreto 148/1986 de 24 de noviembre del Gobierno Valenciano]. Pero se vio necesario avanzar en el esfuerzo normativo con la promulgación de una norma con rango de Ley que comprendiera un conjunto de medidas y acciones encaminadas a la prevención, asistencia y protección social de las personas afectadas.

Es objetivo prioritario de la Ley garantizar una atención integral que conciba las drogodependencias y otros trastornos adictivos como una enfermedad común con repercusiones en las esferas biológica, psicológica, social y económica de la persona, de tal manera que se consolide un modelo de intervención en drogodependencias.

La presente ley se estructura en un título preliminar y siete títulos más, con un total de 55 artículos. Contiene además siete disposiciones transitorias, una derogatoria, y dos finales. Asimismo, se incorpora al texto de la Ley un índice sistemático, con objeto de facilitar la lectura y comprensión de la norma por sus destinatarios.

Los títulos hacen referencia a los siguientes contenidos:

Disposiciones generales.

a-         De la reducción de la demanda a través de medidas preventivas.

b-         De la asistencia e inserción social.

c-         Del control de la oferta.

d-         De la organización y participación social.

e-         De las competencias de las Administraciones Públicas.

f-         De la financiación de las actuaciones.

g-         Del régimen sancionador.