Se debe empezar este apartado haciendo referencia a la Constitución del 78 y en concreto al:

Articulo 49 " Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestará la atención especializada que requieran y los amparará especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos."

En cumplimiento de este mandato se publica la LISMI como marco general para recoger los derechos y deberes de las personas con discapacidad y todo un amplio catalogo de leyes, Decretos, Ordenes Ministeriales, que regulan aspectos concretos relacionados , así mismo multitud de leyes sectoriales referidas a otros temas como impuestos, fiscales, patrimoniales, etc. recogen en su articulado exenciones o beneficios a favor de las personas con algún tipo de discapacidad, en este apartado trataremos de recoger lo mas exhaustivamente posible las referencias a toda esta legislación.

 

1.       LISMI 

2.       Accesibilidad al medio físico/ sociedad de la información

3.       Atención temprana

4.       Coordinación institucional

5.       Derecho de familia

6.       Diagnóstico y valoración

7.       Educación

8.       Integración Laboral

9.       Prevención

10.    Prestaciones sociales y económicas

11.    Servicios sociales

12.    Rehabilitación