FÍSICA-MOTRIZ:
    Limitación o ausencia de las funciones de las extremidades superiores, inferiores o de la columna vertebral como en la distrofia músculo- esquelética, artritis, secuela de polio, espondilitis anquilosante, amputación de miembros, etc.

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¿Qué significa que una persona tiene una discapacidad motriz?

Las personas que tienen este tipo de discapacidades pueden ser semiambulatorias (caminan ayudadas por elementos complementarios) o no ambulatorias (sólo pueden desplazarse con sillas de ruedas). Por lo tanto, las silla de ruedas, los bastones y las muletas son elementos imprescindibles para quienes los usan. Siempre deben estar a su alcance.
Se deben evitar los movimientos bruscos y conducir firmemente cuando se dirige a una persona en silla de ruedas. Además, hay que procurar ubicarse de manera tal que haya una comunicación visual sin esfuerzo durante las conversaciones en el desplazamiento.

SENSORIAL:
Comprende desde la Ceguera hasta síntomas de visión reducida, borrosa, desenfocada, problemas para ver de lejos o de cerca, daltonismo etc., así como la sordera y la ausencia y dificultad del habla.

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¿Qué significa que una persona tiene una discapacidad visual?

    Quienes presentan estas discapacidades pueden ser ciegos (han perdido toda su capacidad de ver) o tener una cierta pérdida que les impida distinguir colores, no tolerar la iluminación o no percibir la totalidad del ambiente. Para comunicarse con ellos hay que presentarse y despedirse siempre en voz alta para que noten nuestra presencia o ausencia. Cuando se los ayuda a desplazarse no se los debe tomar del brazo, sino permitir que tomen el nuestro colocándonos del lado inverso al bastón. Para darles indicaciones hay que ser preciso, y no dar respuestas vagas como allí o ahí.

¿ Qué significa que una persona tiene una discapacidad auditiva?

    En este grupo de personas están incluidos los sordos (tienen un resto auditivo que no es susceptible de ser recuperado) y los hipoacúsicos (presentan un resto auditivo que se puede rehabilitar). Para comunicarse con personas con deficiencia auditiva hay que llamar su atención tocándoles el hombro. Hablar de frente, despacio, usar gestos que ayuden a la comprensión y facilitar la lectura labial.

INTELECTUAL

    Personas con dificultades para recordar, resolver problemas o percibir información, problemas para comprender y utilizar el lenguaje.

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¿ Qué significa que una persona tiene una discapacidad mental?

    Cuando alguien se dirige a una persona con una discapacidad mental debe hacerlo directamente y no a través de un acompañante. Hablar con sencillez, pero sin infantilizar la conversación y los gestos. Si no logran entenderse no hay que levantar la voz, sólo repetir el mensaje con otras palabras.

¿Quiénes tienen la condición legal de persona con discapacidad?

 

    El artículo 1.2. de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad e oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU), dice:

    “A los efectos de esta Ley, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento. En todo caso, se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

    La acreditación del grado de minusvalía se realizará en los términos establecidos reglamentariamente y tendrá validez en todo el territorio nacional.”

    Este artículo, establece la asimilación de los pensionistas de Seguridad Social y de clases pasivas en los grados de invalidez permanente total, absoluta o gran invalidez a la situación de minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento.

    En consecuencia, el beneficiario de una pensión de Seguridad Social y de clases pasivas en los grados de invalidez permanente total, absoluta o gran invalidez, no precisa de un reconocimiento del grado de minusvalía por parte del Instituto Aragonés de Servicios Sociales para que se le reconozca la condición de discapacitado porque, en aplicación directa de esta ley, solo necesita acreditar tener reconocida una prestación de invalidez en los grados antes señalados.

    Dicho de otro modo, el precepto indicado no señala que estos pensionistas tengan que superar un reconocimiento por el Centro Base para acreditar tener, al menos, un 33 por ciento de minusvalía.

    Hay que entender del tenor literal del precepto, que sólo podrá acreditar una minusvalía en un grado del 33 por ciento. Y únicamente se requerirá este reconocimiento para acreditar, en su caso, un grado superior al 33 por ciento, pero no para entender como reconocido, al menos, un 33 por ciento.

    Nada dice la ley sobre la asimilación de los distintos tipos de invalidez a los niveles de grado de minusvalía "superior" a dicho porcentaje. Por este motivo, es necesario que al pensionista de invalidez obtenga la acreditación por el procedimiento ordinario de evaluación y valoración previsto en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

    Por otro lado, el artículo 1.2 de la LIONDAU es directamente aplicable y de obligado cumplimiento por las Administraciones Públicas. Esto es así en aplicación de lo establecido en el artículo 3 de esta misma Ley que dice:

    Ámbito de aplicación:


    De acuerdo con el principio de transversalidad de las políticas en materia de discapacidad, esta ley se aplicará en los siguientes ámbitos:

e) Relaciones con las Administraciones Públicas.”

La asimilación es a todos los efectos, por lo que alcanza a todos los beneficios que tengan como destinatarios a las personas con discapacidad, con la finalidad de hacer efectivo el derecho a la igualdad establecido en los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución.

    Este principio a la igualdad que salvaguarda nuestra Carta Magna debe ser interpretado en el sentido de tratar de modo igual situaciones que son iguales y de modo desigual, situaciones que no son iguales. En este sentido, las personas que tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento pueden disfrutar de los beneficios establecidos por nuestro ordenamiento jurídico para que el derecho a la igualdad sea real y efectivo.

    Y en aplicación directa de esta nueva ley, debe entenderse que aquellas personas que acrediten tener una pensión de invalidez en los grados señalados, disfrutarán de los derechos y beneficios que se les conceda a las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, ya sea en el ámbito tributario, empleo, prestaciones sociales, etcétera.

    Esto supone que, como hemos dicho anteriormente, no hay que aplicar las tablas de baremación establecidas en las normas legales y reglamentarias vigentes para la calificación de una discapacidad igual al 33 por ciento. Esto sólo será necesario para determinar un grado de discapacidad superior al 33 por ciento.