BONO-RESIDENCIAS
ÁMBIT I OBBJECTE
El objeto de esta orden es la de convocar ayudas mediante el sistema de bonos
destinados a sufragar las estancias en Residencias de personas que, teniendo necesidad
de ingresar en un centro residencial, no dispongan de medios suficientes para hacer frente
al coste del mismo. Estas estancias podrán ser de carácter permanente o temporal.
Ingreso Temporal: Se produce para satisfacer necesidades eventuales tanto sanitarias
como sociales.
Estancia de respiro: Tiene como finalidad la sustitución del cuidador/es de personas
mayores con algún grado de dependencia.
REQUISITS
- Tener 60 años o más. Haber cesao en su actividad laboral
- Residir en la COmunidad Valenciana, estar empadronado en un municipio con
una antigüedad mínima de un año.
- Acreditar la necesidad del ingreso, por no disponer de otros recursos alternativos
QUANTÍA DE LES AJUDES ECONÓMIQUES
Se establecen Diferentes cuantías de ayudas según la tipología señalada. Los precios de las
plazas y por tanto de las cuantías que servirán de base para el cálculo de estas ayudas, son las que se
especifican a continuación:
QUANTÍA DE LES AJUDES;
| Tipología |
Cuantía ( con Impuestos incluidos ) |
| Válidos |
115.000 pts/mes |
| Semiasistidos |
132.000 pts/mes |
| Asistidos |
160.000 pts/mes |
| Superasistidos |
195.000 pts/mes |
MARC LEGISLATIU
Orden de 4 de enero del 2000, de la COnselleria de Benestar Social, por la que
se regulan y convocan ayudas para financiar estancias en residencias de tercera edad
mediante el sistema de bono-residencia para el año 2000.
En la Consellería de Benestar Social ( En la Dirección General de Serveis SOcials ) , puede
conseguirse el impreso de solicitud de ingreso en centros de tercera edad. Así como en el centro
de Servicios Sociales.
RECURSOS A INTERNET ON AMPLIAR INFORMACIÓ
Bono Residencias Conselleria Benestar Social
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