El trabajador podrá, sin alegar ninguna causa, extinguir el contrato en cualquier momento aunque habrá de realizar el preaviso fijado en el convenio, es decir, que habrá de comunicar esta decisión al empresario. Bajo estos supuestos, el trabajador no tendrá derecho a ninguna indemnización ni al paro.
El preaviso es aquello que diferencia la extinción por dimisión del trabajador del abandono injustificado del lugar de trabajo. Si el abandono injustificado del lugar de trabajo genera un perjuicio para el empresario se podría generar la obligación de abonarle una indemnización.