El primer feminismo británico

 

 

Mary Wollstonecraft (1759-1797) inicia con su obra Vindicación de los Derechos de la Mujer (1792) la larga tradición del feminismo anglosajón.
Contraria al absolutismo de los reyes, señaló la conexión existente entre ese sistema político y las relaciones de poder entre los sexos. Los hombres

ejercían una verdadera tiranía absolutista sobre las mujeres en el ámbito de la familia y la casa.

 

 

Mary Wollstonecraft

 

Para Wollstonecraft, la clave para superar la subordinación femenina era el acceso a la educación. Las nuevas mujeres educadas no sólo alcanzarían un

plano de igualdad con respecto a los hombres, sino que podrían desarrollar su independencia económica accediendo a actividades remuneradas.

Wollstonecraft, sin embargo, no dio importancia a las reivindicaciones políticas y no hizo referencia al derecho de voto femenino.

 

"Ya he advertido sobre los malos hábitos que adquieren las mujeres cuando se las confina juntas; y pienso que podría extenderse con justicia esta

observación al otro sexo, mientras no se deduzca la inferencia natural que, por mi parte, he tenido siempre presente, esto es, promover que ambos sexos

debieran educarse juntos, no sólo en las familias privadas sino también en las escuelas públicas. Si el matrimonio es la base de la sociedad, toda la humanidad

 debiera educarse siguiendo el mismo modelo, o si no, la relación entre los sexos nunca merecerá el nombre de compañerismo, ni las mujeres desempeñarán

 los deberes peculiares de su sexo hasta que no se conviertan en ciudadanas ilustradas, libres y capaces de ganar su propia subsistencia, e independientes

de los hombres (...)

Es más, el matrimonio no se considerará nunca sagrado hasta que las mujeres, educándose junto con los hombres, no estén preparadas para ser sus

compañeras, en lugar de ser únicamente sus amantes (...)"

 

Mary Wollstonecraft
Vindicación de los derechos de la mujer
Madrid, 1977, Ed. Debate

 

 

Entre los pensadores liberales británicos destaca la figura de John Stuart Mill (1806-1873), quien, junto a su mujer Harriet Taylor Mill (1807-1856),

publicó El Sometimiento de la Mujer en 1869.

 

 

John Stuart Mill

 

Mill sitúa en el centro del debate feminista la consecución del derecho de voto para la mujer: la solución de la cuestión femenina pasaba por la eliminación

de toda traba legislativa discriminatoria. Una vez suprimidas estas restricciones, las mujeres superarían su "sometimiento" y alcanzarían su emancipación.
 

"El principio regulador de las actuales relaciones entre los dos sexos –la subordinación legal del uno al otro- es intrínsecamente erróneo y ahora constituye

uno de los obstáculos más importantes para el progreso humano; y debiera ser sustituido por un principio de perfecta igualdad que no admitiera poder ni

privilegio para unos ni incapacidad para otros".

 

John Stuart Mill y Harriet Taylor Mill
El sometimiento de la mujer
1869

 

 

La libertad individual facilitada por la desaparición de impedimentos legales permitiría el desarrollo de la personalidad de las mujeres y el pleno ejercicio

 de sus capacidades. Se trataba, en suma, de aplicar el principio del "laissez faire", dogma básico del liberalismo, a la problemática femenina.

El libro de Mill tuvo un enorme impacto. Aparecido en 1869, fue un elemento clave de la expansión e internacionalización del movimiento sufragista.

Ese mismo año se editó en Estados Unidos, Australia, Nueva Zelanda, Francia, Alemania, Austria, Suecia y Dinamarca, y al siguiente apareció en Italia

y Polonia, suscitando el interés y la reflexión de muchas mujeres entre las clases más cultas.

John Stuart Mill presentó al Parlamento inglés en 1866 una demanda a favor del voto femenino. Su ulterior rechazo provocó que en 1867 naciera el primer

 grupo claramente sufragista británico: la National Society for Woman’s Suffrage (Asociación Nacional para el Sufragio de la Mujer), liderada por

 Lydia Becker.

 

 

 

URL: http://www.historiasiglo20.org/sufragismo/primfemgb.htm

The information  has been taken on 27th of November 2008

 


Copyright © 2003 Juan Carlos Ocaña

 


 

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