Creative Commons
Entre "Todos los derechos reservados" y "Ningún derecho reservado", la frase "algunos derechos reservados" expresa a la perfección el equilibrio que Creative Commons busca establecer entre el interés público y el interés privado. Creative Commons es una coorporación sin ningún ánimo de lucro, la cual está orientada a darle a los autores el poder decidir sus derechos y los de sus obras en internet. Por lo tanto, el autor decide ceder algunos de sus derechos de la obra en unas condiciones determinadas. Las Creative Commons están dentro de la legalidad, a partir de Octubre de 2004, se pusieron a disposición del público las licencias de CC adaptadas a la legislación sobre propiedad intelectual del Estado Español, y su misión es que los autores puedan ejercitar sus derechos de la manera que ellos quieran.
A continuación te mostramos las cuatro licencias Creative Commons y las posibles maneras de combinarlas.
Las licencias son:
- Reconocimiento: La explotación de la obra debe mencionar la autoría de esta.
- No comercial: No se puede utilizar con fines comerciales.
- Sin obra derivada: No permite la generación de obras derivadas.
- Compartir igual: Incluye la creación de obra derivada, siempre y cuando se comparta con la misma licencia.
Y la combinación de estas cuatro dan lugar a las licencias Creative Commons:
Reconocimiento (by): Permite cualquier explotación de la obra, ya sea con finalidades comerciales, poder crear obras derivadas, cuya distribución no está sujeta a ninguna restricción.
Reconocimiento – No Comercial (by-nc): Permite la creación de obras derivadas, no obstante, tanto la original como las derivadas no pueden utilizarse con fines comerciales.
Reconocimiento – No Comercial – Compartir Igual (by-nc-sa): No se permite la comercialización ni de la obra original ni de las derivadas. Además, las obras derivadas deben difundirse con la misma licencia que regula la obra.
Reconocimiento – No Comercial – Sin Obra Derivada (by-nc-nd): No se pueden producir obras derivadas ni el uso comercial de la obra original.
Reconocimiento – Compartir Igual (by-sa): Permite la explotación de la obra con fines comerciales, siempre y cuando las obras derivadas se difundan con la misma licencia.
Reconocimiento – Sin Obra Derivada (by-nd): Se permite el uso comercial, pero no la creación de obras derivadas.
A continuación te mostramos cómo hacerte una creative commons, ¡es muy sencillo!